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29. junio 2026

La ley es igual para todos… pero la justicia no.

Primera publicación el 21/02/2026

Por GRS

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Existen preceptos que algunas podemos repetirnos como si fueran axiomas constitucionales esculpidos en mármol. Una de ellas es que: “Somos iguales ante la ley.”

Y sí, sobre el papel es así, nadie puede negarlo. Entre otras porque la ley, no distingue entre por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Se trata de un texto, es el conjunto de normas que se aplican de forma universal, como el marco perentorio del ius cogens.

Empero la otra mitad del título de este artículo es la que pocas pueden decir en voz alta y es que “la justicia no es igual para todos”. No porque el sistema lo impida, sino porque la propia realidad se encarga de hacerlo antes. Ejemplos los vivimos a diario.

“la justicia no es igual para todos”

Es así porque la ley no deja de ser el punto de partida, es un principio que en nuestro caso se encuentra constitucional reconocido. Y la justicia, es el camino, el proceso que depende de:

  • La interpretación judicial
  • La carga de trabajo del juzgado
  • Las pruebas disponibles
  • Del acceso a medios técnicos y profesionales no sobrecargados
  • La de realizar una estrategia procesal idónea
  • De la capacidad que se disponga para recurrir

"la justicia, es el camino, el proceso"

Por ello, dos casos parecidos pueden acabar con resoluciones distintas, porque la justicia no es un algoritmo, es un sistema humano, saturado y desigual en recursos. La ley es el marco y la justicia lo que ocurre cuando ese marco se aplica a un caso concreto con todas sus imperfecciones.

Si la justicia fuera igual para todos:

  • Los plazos procesales tendrían un impacto homogéneo. En la práctica, la dilación procesal es una forma de desigualdad material que se manifiesta de manera distinta en lo laboral, en lo civil, en lo penal y en lo contencioso‑administrativo.
  • El acceso a la prueba pericial sería equitativo. En civil y contencioso, la pericial condiciona el resultado; en penal, puede ser determinante; en laboral, puede definir la existencia o no de un accidente de trabajo. Por ello su coste, no debería ser un filtro económico de modo que la solidez técnica de un procedimiento no dependa de la capacidad de cada parte.
  • Los órganos judiciales contarían con medios suficientes para evitar así retrasos estructurales que generan desigualdad real. La saturación no afecta igual a quien litiga por una sanción administrativa que a quien espera una sentencia penal, ni a quien reclama un despido que a quien necesita una resolución civil para evitar un embargo. La falta de medios no es neutra, produce efectos jurídicos distintos según la jurisdicción y según la situación personal de cada justiciable.
  • Las exigencias formales serían proporcionadas y comprensibles, evitando que la complejidad procedimental se convierta en una barrera de acceso. En contencioso‑administrativo, un defecto formal puede cerrar la puerta al fondo del asunto; en civil, una subsanación puede retrasar semanas sino meses un procedimiento; en penal, un error puede comprometer derechos fundamentales; en laboral, puede dejar sin tutela a quien ya está en situación de vulnerabilidad.

"la justicia es como hacer uso de la WiFi del vecino"

Pero en fin, no debemos olvidar que estamos en España, lugar donde la justicia es como hacer uso de la WiFi del vecino, que es teóricamente accesible, pero inestable y siempre más eficaz para otros.

Por ello, la igualdad ante la ley es un ideal y la igualdad en la justicia es un objetivo pendiente.

Hasta entonces, seguiremos viviendo en un país donde la ley es universal, pero la justicia es… bueno, abierta a interpretación como la ley misma.

Y reconocerlo esta realidad no supone atacar al sistema, sino que es el primer paso para que entre todas podamos mejorarla. El paso a seguir inmediatamente después de reconocer el primero, podría ser bajar el IVA, de un 21% a un 4% para los servicios jurídicos, ya que se trata de un bien de primerísima necesidad, que repercute especialmente en quienes por un euro más de salario anual, pierden el derecho al beneficio de los servicios de asistencia jurídica gratuita.

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